Transcripción
Ahora, aprenderemos el concepto de acordes de II-7 relativos, y cómo se relaciona con la formación de cadencias compuestas.
Los acordes de II-7 relativos, son aquellos acordes menores con séptima menor, que se asocian con cualquier tipo de acordes de dominante, ubicándose una cuarta justa por debajo de estos. Para entender mejor este concepto, se debe recordar que el movimiento V – I, en cualquier tonalidad, genera una cadencia, por la transición de la tensión a la relajación. Los dominantes secundarios y los sustitutos tritonales también son acordes dominantes, y también generan el mismo efecto de tensión y relajación hacia el acorde sobre el cual resuelven. Sin embargo, no son estrictamente cadencias, sino que se les considera movimientos cadenciales que sirven para enriquecer la armonía de una obra.
Ahora, para comprender la relación de los acordes de segunda menor con séptima menor (II-7 relativos), se debe aclarar que estos tienen función subdominante, tal como el II grado en un campo armónico mayor. Si se toma un acorde de segunda menor con séptima menor (II-7), el cual tiene función subdominante, con la dominante de un acorde vinculante, más el acorde vinculante donde se resuelve, se obtiene una cadencia compuesta. Esta cadencia compuesta se obtiene por la progresión de las funciones subdominante, dominante y tónica. Claro, la tónica donde se resuelve no es la tónica del campo armónico, sino que, debido al acorde que la precede, se crea una sensación de dominante-tónica, o tensión-relajación. Para comprenderlo mejor, analicemos el siguiente ejemplo:
Figura 5.17. Progresión Am7, D7, Gmaj7
En la imagen, se puede observar una progresión formada por los acordes A-7, D7 y Gmaj7. Al analizarlos, se puede obtener la siguiente información:
• El acorde de D7 sirve como dominante secundario de Gmaj7. En este caso, al trabajar sobre el campo armónico de D, el acorde de Gmaj7 no es estrictamente la tónica.
• El acorde de A-7 es el II-7 relativo del dominante secundario, es decir: D7. Eso se debe a que A-7 se encuentra una cuarta justa por debajo de D7.
• El acorde de A-7 es el acorde de segunda menor con séptima menor relativo (II-7 relativo), porque cumple función de II-7 para el acorde de resolución, el cual es Gmaj7.
• El acorde de A-7 no cumple estrictamente su función de dominante dentro del campo armónico de D, debido a que presenta Do, y no Do#. Sin el Do#, no puede formar el tritono con Sol, lo cual es característico del acorde dominante.
• A la hora de cifrar la progresión, la forma correcta sería: II-7 relativo, V/IV y IVmaj7.
La cadencia compuesta también puede presentarse con sustitutos tritonales. Para entenderlo, analicemos el siguiente ejemplo:
Figura 5.18. Progresión de Eb-7, Ab7 y Gmaj7.
En la imagen, se puede observar una progresión formada por los acordes de Eb-7, Ab7 y Gmaj7. En este ejemplo, permanecemos en el campo armónico de D. Tras un breve análisis, se puede obtener la siguiente información:
• El acorde de Ab7 es el sustituto tritonal de Gmaj7. Esto se debe a que, primero, se encuentra un semitono por encima del acorde de resolución. Segundo, si tomásemos el acorde de Gmaj7 como tónica, su dominante sería D7. El acorde de D7 está formado por las notas Re, Fa#, La y Do, formando un tritono entre el Fa# y el Do. Ahora, el acorde de Ab7 está formado por las notas Lab, Do, Mib y Solb, formando un tritono entre las notas Do y Solb. Enarmónicamente, el Solb equivale a un Fa#. De esta forma, Ab7 se convierte en el sustituto tritional de Gmaj7.
• El acorde de Eb-7 es el acorde de segunda menor con séptima menor relativo (II-7 relativo) asociado al sustituto tritonal. ¿Por qué? Porque es un acorde menor con séptima menor que se encuentra una cuarta justa por debajo del sustituto tritonal, es decir, Ab7.
• El acorde de Eb-7 no es el II grado del acorde de resolución, es decir, Gmaj7.
• A la hora de cifrar la progresión, la forma correcta de hacerlo sería: II-7 relativo, susV/IV y IVmaj7.
Debido a que el acorde de Eb-7 no es el II grado de Gmaj7, el cual es el acorde de resolución, se puede deducir que los acordes de segunda menor con séptima menor relativos (II-7 relativos) no siempre tienen que ser el II grado del acorde de resolución. Simplemente, son acordes menores con séptima menor que se encuentran una cuarta justa por debajo del sustituto tritonal.